Cómo darse de alta como autónomo en Córdoba
Los dos trámites obligatorios —Hacienda y Seguridad Social—, en qué orden hacerlos, qué plazos tienes y a qué oficina ir en Córdoba si prefieres hacerlo en persona.
- Tarda
- 1 día si lo haces online
- Cuesta
- 0 € en tasas
- Actualizado
Darse de alta como autónomo son dos trámites distintos, en dos organismos distintos, y ese es el punto donde casi todo el mundo se atasca. No basta con avisar a Hacienda: si no te das de alta también en la Seguridad Social, estás ejerciendo una actividad sin cotizar, y eso acarrea sanción y pago retroactivo de cuotas.
Los dos trámites son gratuitos y se pueden hacer por internet el mismo día.
Antes de empezar: el certificado digital
Sin certificado digital o Cl@ve tendrás que hacerlo todo presencialmente, con cita previa y dos desplazamientos. Con él, todo se resuelve desde casa en una mañana.
Si no lo tienes, solicítalo en la sede de la FNMT y acredita tu identidad en una oficina de registro. En Córdoba puedes hacerlo en las oficinas de la Agencia Tributaria y en varios registros de la Junta de Andalucía. Es el paso previo que más tiempo consume, así que empieza por ahí.
Paso 1 · Alta censal en Hacienda (modelo 036)
Le comunicas a la Agencia Tributaria qué actividad vas a ejercer, dónde y bajo qué régimen de IVA e IRPF.
Atención a un cambio reciente: el modelo 037 —la versión simplificada que usaba casi todo el mundo— quedó suprimido el 3 de febrero de 2025 por la Orden HAC/1526/2024. Hoy todas las altas se hacen con el modelo 036, aunque encuentres guías antiguas que digan lo contrario.
Qué necesitas decidir al rellenarlo:
- El epígrafe del IAE, que es el código de tu actividad. Elegir mal el epígrafe es el error más común y condiciona tu tributación. Si dudas entre dos, consúltalo antes.
- El régimen de IVA: general, recargo de equivalencia (comercio minorista), o exento si tu actividad lo está —formación reglada, sanidad, algunos seguros—.
- El régimen de IRPF: estimación directa simplificada es lo habitual para quien empieza.
Se presenta en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, es gratuito y el justificante te llega al momento. El plazo es antes de iniciar la actividad, no después.
Como autónomo no pagas cuota del IAE mientras factures menos de un millón de euros al año, pero el alta en el epígrafe sigue siendo obligatoria.
Paso 2 · Alta en el RETA (Seguridad Social)
El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos es donde cotizas. Se tramita en la Tesorería General de la Seguridad Social, a través del portal Import@ss, y necesitas tener hecho ya el paso 1.
Tienes que elegir dos cosas:
- Tu base de cotización, que desde 2023 depende de tus rendimientos netos previstos. Puedes cambiarla hasta seis veces al año, así que no te obsesiones al principio: haz una previsión honesta y ajústala cuando tengas datos reales.
- La mutua colaboradora que cubrirá tu incapacidad temporal.
El alta puede solicitarse hasta 60 días naturales antes de empezar la actividad, y surte efecto desde el día en que empiezas. Si te das de alta tarde, la Seguridad Social te reclamará las cuotas desde el día en que realmente empezaste a trabajar, con recargo.
La cuota reducida de 80 € al mes
Si es tu primera alta como autónomo —o llevas más de dos años sin serlo—, tienes derecho a la cuota reducida de 80 € mensuales durante los primeros 12 meses, en lugar de la cuota que te correspondería por tus rendimientos.
Pasado ese primer año puedes prorrogarla otros 12 meses si tus rendimientos netos se mantienen por debajo del salario mínimo interprofesional. No es automática: hay que solicitarla, y la prórroga hay que pedirla expresamente.
Ojo con un detalle que sorprende a mucha gente: si eres autónomo societario —administrador de tu propia SL— el acceso a esta reducción tiene condiciones distintas y conviene confirmarlo antes de contar con ella.
Paso 3 · Lo que depende de tu actividad
Los dos pasos anteriores son universales. Estos no, pero afectan a mucha gente en Córdoba:
- Licencia de actividad o declaración responsable del Ayuntamiento, si abres un local al público. En el Ayuntamiento de Córdoba se tramita en Urbanismo; en los municipios de la provincia, en la oficina técnica correspondiente. Los plazos varían mucho de un ayuntamiento a otro.
- Alta en el registro sanitario, para hostelería y alimentación.
- Inscripción como empresario en la Seguridad Social, si vas a contratar a alguien. Es un trámite adicional al tuyo propio.
- Registro de ficheros y adaptación al RGPD, si manejas datos personales de clientes.
Dónde hacerlo presencialmente en Córdoba
Todo lo anterior se puede hacer online. Si prefieres ir en persona, necesitarás cita previa en los dos organismos —no se atiende sin ella—:
- Agencia Tributaria: la Delegación de Córdoba gestiona el alta censal. La cita se pide en la sede electrónica de la AEAT o por teléfono.
- Tesorería General de la Seguridad Social: hay varias administraciones en la capital. La cita se pide en
seg-social.eso por su teléfono de cita previa.
Consulta la dirección y el horario exactos en el localizador oficial de cada organismo antes de desplazarte: las oficinas cambian de sede y de horario con más frecuencia de la que parece.
Si además quieres asesoramiento gratuito antes de decidir el epígrafe o la forma jurídica, el Punto de Atención al Emprendedor (PAE) de la Cámara de Comercio de Córdoba presta ese servicio sin coste.
Cuánto cuesta
| Concepto | Coste |
|---|---|
| Modelo 036 | 0 € |
| Alta en el RETA | 0 € |
| Certificado digital FNMT | 0 € |
| Cuota mensual con reducción | 80 € |
| Licencia municipal de actividad | Variable según ayuntamiento |
El alta en sí no cuesta nada. Lo que cuesta es la cuota mensual a partir del mes siguiente, y los honorarios de la gestoría si decides delegarlo.
¿Merece la pena hacerlo por tu cuenta?
El alta pura y dura es asequible: dos formularios y un rato. Donde una gestoría aporta valor real es en lo que viene después —elegir bien el epígrafe, decidir la base de cotización, saber qué gastos puedes deducir y presentar los trimestrales sin errores—. Un despacho cobra habitualmente entre 50 y 90 € al mes por llevar todo eso a un autónomo sin empleados.
Si prefieres delegarlo, en el directorio tienes los despachos de gestión y asesoría de toda la provincia con su teléfono a la vista.
Verifica siempre en la fuente oficial. Las cuantías, los plazos y los requisitos de las bonificaciones cambian con cada reforma. Esta guía se actualizó en julio de 2026; antes de presentar nada, confirma los datos en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y en
seg-social.es. No sustituye al asesoramiento de un profesional que conozca tu caso.